Mediante un comunicado, el Papa Francisco aprobó el bautismo a personas transgénero e hijos de parejas homosexuales y dio el listado de las condiciones.


Durante la jornada del jueves, el Papa Francisco autorizó la posibilidad para que las personas transexuales puedan recibir el sacramento del bautismo en la Iglesia Católica. Asimismo, aclararon que los hijos de parejas homosexuales también podrán ser bautizados y las personas homosexuales pueden ser testigos en los casamientos que se celebren en la Iglesia.

Esta serie de anuncios figuran en un comunicado de la Congregación de la Doctrina de la Fe, el departamento que se ocupa de velar por los aspectos que configuran la base de religión Católica Apostólica Romana.

Este importante cambio surgió en julio de este año, cuando un obispo brasileño hizo una serie de preguntas sobre qué entiende la doctrina de la fe al respecto de las posibilidades con algunos sacramentos, como el bautismo, para personas transexuales o los hijos de homosexuales.

Los cambios que anunció el Papa Francisco

Por lo que mencionaron en el comunicado oficial, “Un transexual que también se hubiera sometido a un tratamiento hormonal o a una intervención quirúrgica de reasignación de sexo puede recibir el bautismo con las mismas condiciones del resto de fieles”. En este caso, la única condición es que “no haya situaciones en las que se dé el riesgo de generar escándalo público o desorientar a los fieles”.

Por otro lado, en el caso de “niños o adolescentes con problemáticas de naturaleza transexual, si están bien preparados y dispuestos, pueden recibir el bautismo”.

Asimismo, los hijos de parejas homosexuales podrán también ser bautizados. En este caso, debe tenerse la certeza de que van a ser educados en la vida cristiana, condición que aplica para cualquier tipo de bautismo.

También se puede ser padrino en un bautismo, pero hay una aclaración al respecto, debido a que como el hecho de ser un testigo de bautismo no es derecho per sé, explicaron que “la prudencia pastoral exige que no se permita si existe riesgo de escándalo, legitimación indebida o desorientación en el ámbito educativo de la comunidad eclesial”.