Comenzó la veda electoral: qué está prohibido y hasta cuando rige
La veda comienza 48 horas antes de las elecciones y se extiende 3 horas posteriores al cierre de la votación. Este período busca conceder un espacio de reflexión a los votantes en la antesala de su decisión. ¿Qué cosas están prohibidas durante la veda?
A las 8 de la mañana comenzó la veda electoral en todo el territorio argentino y se extenderá hasta las 21 del domingo 13 de agosto, tres horas después de que cierren los comicios de las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), ya que así lo impone el Código Electoral Nacional.
Pese a que muchas provincias habían desdoblado las elecciones, también entraron en veda porque la elección del domingo es general, para elegir los candidatos a presidente, vice, diputados, senadores y miembros del Parlasur, por lo cual se celebra en todo el país.
Además, en la Provincia de Buenos Aires, Catamarca y Entre Ríos también se elegirán los candidatos para cargos provinciales y municipales. En CABA también se elegirán los candidatos para competir el 22 de octubre por los cargos de Jefe de Gobierno, legisladores y miembros de Juntas Comunales de esta juridicción.
En tanto, en Santa Cruz se celebrarán además de las PASO para cargos nacionales, las elecciones generales para cargos provinciales y municipales.
¿Qué está prohibido durante la veda electoral?
De acuerdo con el Código Electoral Nacional, ley N° 19.945, está prohibido:
* Realizar actos públicos de proselitismo.
* Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la votación durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
* Reuniones de electoras y electores o depósito de armas en casas dentro de un radio de 80 metros alrededor de la mesa receptora de votos.
* Espectáculos, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública que no se refiera al acto electoral.
* Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas. En este caso, la veda inicia el sábado a partir de las 20 horas.
* Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de los lugares de votación.
* A los electoras y electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada.
* Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de 80 metros de los lugares de votación.
Veda electoral: ¿puedo comprar o vender alcohol?
La ley establece que está prohibida la venta de bebidas alcohólicas “desde las 20 horas del día anterior a la elección y hasta tres horas después de finalizado el acto electoral”.
A quien venda bebidas alcohólicas durante ese período le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.