Unida, la oposición logró los votos necesarios para avanzar con la reforma electoral en la Cámara baja; ahora, pasa al Senado, donde su futuro es incierto.


El proyecto para implementar la Boleta Única de Papel obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados y fue girado al Senado. La oposición logró aprobar la iniciativa con 132 votos a favor, 104 en contra y cuatro abstenciones, gracias a una acuerdo entre Juntos por el Cambio, el Interbloque Federal, los liberales y fuerzas provinciales.

La sesión corrió peligro hasta último momento. Es que la oposición logró reunir los 129 legisladores necesarios para el quórum 15 minutos después de las 14, hora pactada para el inicio del debate.

El Frente de Todos rechazó la iniciativa. De hecho, en un principio, decidió no bajar al recinto. Finalmente, 104 legisladores se hicieron presentes y votaron contra la propuesta. Afirman que el actual sistema de boletas partidarias funciona y sostienen que una reforma electoral de este tipo requiere acuerdos entre las fuerzas mayoritarias.

Las cuatro abstenciones, en tanto, correspondieron al Frente de Izquierda.

Si bien la oposición dio un paso importante, al imponer un proyecto propio gracias a su unidad, la Boleta Única no superaría el próximo paso en el Senado. Allí, el oficialismo tiene los números necesarios para bloquear su avance.

Incluso si lograra los 37 votos necesarios para su aprobación, el presidente Alberto Fernández podría vetarla. El mandatario ya se pronunció en contra del proyecto.

Las claves del proyecto de Boleta Única de Papel

  • En principio, incluirá todas las categorías para la que se realiza la elección, claramente distinguidas. Estará dividida en espacios, franjas o filas horizontales para cada agrupación política que participe, y en franjas o columnas verticales para cada una de las categorías de cargos electivos. 
  • Los espacios horizontales se distribuirán homogéneamente entre las distintas listas, e identificarán con claridad:
  • El nombre del partido político o alianza. En las elecciones presidenciales, cuando en la misma franja se incluyan legisladores nacionales, se utilizará el nombre de la agrupación de orden nacional. En el caso de las PASO, figurará la denominación de la lista interna.
  • La sigla, monograma, logotipo, escudo, símbolo, emblema o distintivo y el número de identificación de la agrupación política.
  • La categoría de cargos a cubrir.
  • En el caso de Presidente y Vice: nombre, apellido y fotografía color de ambos candidatos.
  • Para los Senadores Nacionales: nombre y apellido de los candidatos y foto color de las personas titulares.

En tanto, los Diputados Nacionales figurarán como mínimo los nombres y apellidos de los 5 primeros candidatos de la lista a excepción de los distritos que elijan un número inferior. En todos los casos se incluirá la foto color de las primeras dos candidatas o candidatos titulares.

En cuanto a los Parlamentarios del Mercosur por distrito nacional, deberán contener los 5 primeros candidatos de la lista y foto color de las dos primeras personas titulares.

Para los candidatos a parlamentario del Mercosur por distrito provincial, nombre y apellido y foto del candidato titular.

Además, el proyecto prevé que las listas completas de candidatas y candidatos con sus respectivos suplentes deben ser publicadas en afiches o carteles de exhibición obligatoria de manera clara y visible en cada cabina de votación.

En el caso de las provincias que celebran las elecciones nacionales y provinciales juntas deberán adoptar el modelo de BUP, pero separadas, tanto en las boletas como en las urnas. A su vez, la BUP adopta la posibilidad de la “concurrencia”, que implica que las elecciones de cargos nacionales y provinciales se realicen en el mismo día, pero puedan implementar sistemas diferentes.

El orden de cada partido o frente electoral en la boleta quedará definido en relación al resultado de la elección primaria, correspondiendo el primer lugar a la agrupación política más votada en la categoría diputados nacionales y los ulteriores lugares de acuerdo a la cantidad de votos obtenidos por cada uno de ellas en la misma categoría.

En las PASO y las elecciones generales se agruparán dentro de una misma franja de la BUP las agrupaciones que tengan idéntica denominación. Solo en el caso de que no participen agrupaciones de igual denominación en todas las categorías de cargos nacionales a elegir, las listas que compiten por una agrupación de distrito podrán adherir a la lista de una única agrupación política de orden nacional de diferente denominación, apareciendo en una misma franja de la boleta única. De igual modo, las listas que compiten por una agrupación política de orden nacional solo podrán adherir a las listas de una única agrupación política de distrito de diferente denominación cuando no compita una de la misma denominación, apareciendo en una misma franja de la BUE.

Para las elecciones generales solo se admitirán en una misma franja las agrupaciones que hubieran adherido sus boletas en las PASO. En ningún caso se permitirá que a través de un acuerdo de adhesión, una misma lista de candidatos para las elecciones generales se encuentre en más de una franja o columna.

La campaña de difusión y capacitación, a cargo de la Cámara Nacional Electoral, se realizará a través de medios de comunicación audiovisuales y gráficos, redes sociales y cursos para lo cual la Cámara Nacional Electoral podrá celebrar los convenios correspondientes con las Universidades Nacionales.

En cuanto al voto de los residentes que se encuentran en el exterior, este proyecto prevé que la Cámara Nacional Electoral asegure la implementación del voto por correo postal como alternativa opcional al voto presencial en las sedes consulares.